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LA VIÑA – Hostelería Madrid ha trasladado por escrito su queja al Ayuntamiento de Madrid por la parcialidad con la que han enfocado la consulta pública ciudadana previa a la elaboración de una nueva Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración. Desde la Asociación se advierte al consistorio que una nueva ordenanza que restrinja de forma generalizada la instalación de terrazas de veladores pone en riesgo 11.900 empleos, 7 millones de euros de recaudación de tasas municipales por instalación de veladores, así como los más de 100 millones de consumiciones anuales.
El enfoque de la encuesta busca claramente una reforma restrictiva de la Ordenanza de terrazas en la ciudad de Madrid. Por ello, señala los siguientes puntos de mejora:
- Sobreocupación del espacio público: la consulta parte de la base de que existe una sobreocupación del espacio público debido al incremento que han experimentado las terrazas en los últimos años. Esta afirmación no es cierta ya que la ciudad de Madrid no tiene menos terrazas por habitante que cualquier otra ciudad de nuestro entorno: RÉPLICA: Madrid tiene 4.690, 740 habitantes por terraza; mientras que Barcelona tiene 331 habitantes por terraza y Sevilla, 574 habitantes por terraza. Se generaliza un problema de masificación de plazas y bulevares que no es real, ya que en los últimos años se han ido revisando las superficies concedidas y delimitándolas con áreas pintadas sobre las propias aceras.
- Contaminación acústica y lumínica: según los datos que hemos podido obtener en la mesa del ocio, las denuncias de terrazas por ruidos que han llegado al área de medioambiente no han sido más de 50. Un promedio realmente bajo. Además, la exposición desconoce que no se pueden autorizar en las terrazas ni televisiones, ni música ni iluminación.
- Disfuncionalidades de accesibilidad al tránsito peatonal: en el artículo 8 de la actual ordenanza se regulan las distancias que debe respetar una terraza con el mobiliario urbano. Un técnico municipal se encarga de que se garanticen esas distancias para conceder la licencia y el espacio de ocupación. Los pasos mínimos en cualquier acera serán de 2,5 metros garantizando siempre un 50% de la anchura de la acera libre.
- Instalación de construcciones ligeras que suponen ampliaciones de los establecimientos: las terrazas son instalaciones anexas a los establecimientos de hostelería donde se pueden servir los mismos productos y alimentos, todo ello está establecido en el Catálogo de Espectáculos Públicos de la Comunidad de Madrid. En ningún caso pueden ser instalaciones completamente cerradas. En ese caso, se produciría un incumplimiento de la propia normativa y deberían intervenir los órganos de inspección.
- Falta de protección del patrimonio histórico: no es cierta esta afirmación. el distrito Centro, el más afectado por esta regulación, tiene instrucciones específicas que no permiten ningún tipo de construcción ligera ni separadores entre las terrazas, a no ser que sean calles peatonales y adosadas a la fachada. La actual ordenanza ya dispone de mecanismos que garantizan la protección del patrimonio.
- Establecimiento sin entrada directa al local por tener terraza de veladores: no acertamos a entender a qué tipo de situación se refiere.
Regulación
El informe llega a la conclusión de que se precisa desarrollar un sistema de disciplina y una nueva Ordenanza. Proponen un sistema estructurado de inspecciones en distritos especialmente afectados por la saturación de terrazas. ¿Ignoran que la Policía Municipal y las propias Juntas municipales realizan planes periódicos de inspección a las terrazas de veladores?
Respecto a la necesidad de la nueva Ordenanza que regule de forma conjunta las áreas estanciales históricas, o plazas, no tienen en cuenta que cada caso deberá ser evaluado de forma concreta por cada Junta Municipal, como se hace actualmente, en base a un estudio individualizado de cada caso.
En cuanto a la estética del mobiliario, hemos pasado de un sistema de homologación, que ahora estaría prohibido por la Directiva Europea de Servicios por suponer trámites añadidos a las empresas, a una autorización de cada elemento dentro de la terraza propuesta.
Conclusión
El informe técnico resuelve que la actual Ordenanza «no ha resultado un instrumento eficaz para conseguir los objetivos propuestos», por lo con concluyen que es necesario hacer una nueva.
Evaluación de impacto:
La asociación de Hostelería Madrid – LA VIÑA insiste, sobre todo, en la ausencia de una evaluación del impacto económico y social que puede tener la medida, así como en las consecuencias que tendría sobre los 11.900 empleos que genera, los 7 millones de euros que se recaudan en concepto de tasas municipales por instalación de veladores, así como los más de 100 millones de consumiciones anuales que se producen en los veladores madrileños.
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