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Las bases de cotización mínimas de los trabajadores autónomos socios y administradores de sociedades mercantiles son, desde enero, de 1.051,50 € (frente a la base mínima de 875,70 € del resto de los autónomos).
Esta base de cotización de 1.051,50 € mensuales se aplicará también a los trabajadores autónomos que en algún momento del año 2013, y de manera simultánea, hayan tenido contratado a su servicio por cuenta ajena a más de diez trabajadores. En este caso la base de cotización se aplicó a partir de febrero.
ADVERTENCIA:
Los socios de comunidades de bienes y de sociedades civiles NO están sujetos a la base de cotización de 1.051,50 €. A aquellos que le hayan aplicado esta base de cotización en enero, deben contactar con LA VIÑA para reclamar la devolución de las cantidades cobradas indebidamente.
RECORDATORIO:
Recordamos que cabe la posibilidad de cambiar de base de cotización durante dos periodos al año:
– Antes del 1 de mayo, con efectos al 1 de julio.
- Antes del 1 de noviembre, con efectos al 1 de enero del siguiente año.
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