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El Gobierno moviliza 200.000 millones de euros para apoyar a trabajadores, familias y empresarios

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez anunció la inyección de capital de cerca del 20% del PIB, 200.000...

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El Gobierno moviliza 200.000 millones de euros para apoyar a trabajadores, familias y empresarios - La Viña
El Gobierno moviliza 200.000 millones de euros para apoyar a trabajadores, familias y empresarios - La Viña

17 Mar

El Gobierno moviliza 200.000 millones de euros para apoyar a trabajadores, familias y empresarios

Por Redacción

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez anunció la inyección de capital de cerca del 20% del PIB, 200.000 millones de euros, a través de un Real Decreto Ley que pone en marcha medidas para proteger y apoyar a familias, trabajadores, autónomos y empresas.

“La meta será iniciar la recuperación en cuanto la emergencia sanitaria quede atrás, relanzando nuestra economía, nuestra producción y nuestro empleo”, ha explicado Sánchez. El objetivo es que “la caída venga seguida de una recuperación económica y no de un estancamiento”, ha añadido el Presidente.

Desde Hostelería Madrid hemos recogido las principales medidas que afectan al sector laboral, al empresariado Nacional:

MEDIDAS LABORALES 

– Los trabajadores asalariados podrán adaptar o reducir su jornada de trabajo, incluso hasta un 100%, para hacer frente a las necesidades de conciliación y cuidado derivadas de esta crisis.

– Se establece el teletrabajo como medida de flexibilidad principal, cuando las circunstancias lo permitan.

– Se promoverán los ajustes temporales de plantilla a través de la flexibilización de los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo. Los ERTES causados por la crisis del Coronavirus serán considerados de fuerza mayor y los trabajadores tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo, aunque no cumplan el requisito de cotización previa exigido. El cobro de esa prestación no les computará a efectos del cobro posterior de la prestación por desempleo.

– En caso de ERTEs, se exonerará al empresario de la aportación empresarial de las cuotas de la Seguridad Social.

-Para el colectivo de autónomos se flexibilizar el acceso al cese de actividad para que puedan cobrar con rapidez una prestación en caso de dificultad económica.

MEDIDAS EMPRESARIALES

El tercer bloque de medidas permite asegurar la liquidez de las empresas para que puedan mantenerse operativas con el objetivo de que un problema de liquidez no se convierta en un problema de solvencia.

-Se aprueba la creación de una línea de avales y garantías públicas por un valor de hasta 100.000 millones de euros. Esto va a permitir movilizar entre 150.000 y 200.000 millones de euros. El Estado será el garante de las operaciones.

-Además, se aprueban líneas de avales adicionales de 2.000 millones de euros para las empresas exportadoras con mecanismos ágiles, favoreciendo especialmente a las pequeñas y medianas empresas.

-Las Administraciones Públicas van a ayudar a sus empresas contratistas para mitigar las consecuencias del COVID-19 en los contratos del sector público. Se va a establecer un régimen específico de suspensión de contratos públicos, con ampliación de plazos y compensación de salarios, con el fin de evitar la resolución de los contratos y la consecuente pérdida de empleo.

-Para apoyar el sistema productivo y empresarial, el Gobierno también reformará la normativa sobre inversiones exteriores, para impedir que empresas de países de fuera de la Unión Europea puedan hacerse con el control de entidades españolas en sectores estratégicos, aprovechando la caída coyuntural del valor de sus acciones en esta situación de crisis económica.


8 Comentarios para “El Gobierno moviliza 200.000 millones de euros para apoyar a trabajadores, familias y empresarios”

  1. FRANCISCO DIAZ dice:

    Y qué pasa con los autónomos? Sin ingresos, cómo hacemos frente a los pagos y a las necesidades individuales?
    Gracias

  2. Ana María Mansilla Belles dice:

    ME GUSTARIA QUE PUDIESEN A LA COMUNIDAD DE MADRID QUE LOS ALQUILERES DE LOCALES PARA QUE NO PIERDA NI EL INQUILINO NI EL AARNDATIO

  3. Ana María Mansilla Belles dice:

    Los Alquileres que se paguen del dinero que se deja de fianza a la Comunidad de Madrid

  4. julian cita redondo dice:

    -Para el colectivo de autónomos se flexibilizar el acceso al cese de actividad para que puedan cobrar con rapidez una prestación en caso de dificultad económica. e

    esto no lo entiendo , todos cesamos la actividad , pero solo nos van a pagar una prestacion a los que tengamos dificultades economicas ???

    • LA VIÑA dice:

      Buenas tardes,

      La medida que se ha publicado en el RDL 8/2020, en relación la prestación por cese de actividad de los autónomos, establece una vigencia de un mes, a partir del 14 de marzo, fecha en que se publicó el DL donde se declaró el estado de alarma, o hasta el último día del mes en que finalice dicho estado, de prolongarse éste.

      Así los autónomos cuyas actividades queden suspendidas, tendrán derecho a esta prestación, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

      – Estar afiliados y en alta como Autónomos.
      – Hallarse al corriente de pago. Para el supuesto de deudas, se tiene el plazo de 30 días regularice.

      La cuantía de la prestación es el 70% de la Base Reguladora (Promedio de las bases de cotización durante los 12 meses anteriores).

      La prestación por cese de actividad, tendrá una duración de un mes, ampliándose en su caso, hasta el último día del mes en que finalice el estado de alarma en caso de prorrogarse.

      El tiempo de su percepción se entenderá como cotizado y no reducirá los periodos de prestación por cese de actividad a los que se pueda tener en un futuro.

      La percepción de la prestación será incompatible con otra prestación de la Seguridad Social.

      La gestión se llevará por la Mutuas con la que se tenga contratado las coberturas sociales.

      Por otra parte, se tendría que dar de baja en el Régimen de Autónomos y previamente de baja en Hacienda, y en consecuencia, ello tendría repercusiones fiscales.

      Así en principio, no se podría deducir ningún gasto a nivel fiscal de la actividad durante ese periodo de tiempo. Lo mejor es comentarlo si interesa o no, desde un punto de vista fiscal.

      Un saludo.

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