INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS |
|
Responsable | Hostelería Madrid, ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE HOSTELERIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID (“Hostelería Madrid") |
Finalidad | Resolución de consultas, gestión de solicitudes de inscripción como asociados, participación en el foro, interacción con los perfiles sociales y si contamos con su consentimiento envío de información relacionada con los servicios prestados, con noticias del sector, ofertas, eventos, sorteos y promociones que puedan resultar de su interés. |
Legitimación | Usted consiente el tratamiento de sus datos para la finalidad indicada. |
Destinatarios | No tenemos previsto ceder sus datos a terceros, salvo por obligación legal. |
Plazos de conservación | Los datos proporcionados a través del Sitio Web serán conservados mientras exista un interés mutuo. |
Derechos | Tiene derecho a acceso, rectificación, supresión, portabilidad y oposición, como se explica en la información adicional. |
Inf. adicional | Puede consultar la información adicional y detallada sobre Protección de Datos a continuación. |
Como sabemos, en el mes de julio 2014, el Gobierno ha presentado su propuesta de Reforma Fiscal, la cual, entre otras novedades, incluye importantes modificaciones al sistema de tributación objetiva, más conocido como sistema de Módulos. La tendencia del Gobierno es acotar el alcance de este sistema de tributación y las nuevas medidas van por ese camino; se modifican los criterios de exclusión del régimen para todas las actividades y se limitan las que pueden acogerse al mismo, manteniéndose en el caso de la hostelería.
A la espera de la aprobación definitiva del texto, les adelantamos las novedades que plantea la Reforma Fiscal, cuya entrada en vigor se prevé para 1 de enero de 2015. Así, sólo podrán tributar por el régimen de módulos aquéllas personas que figuren dados de alta en dicha modalidad de tributación y cumplan con los siguientes requisitos:
- Volumen de ingresos no superior a los 150.000 euros anuales, reduciéndose de forma considerable el umbral de exclusión del régimen, fijado hasta el momento en 450.00 euros anuales.
- Volumen de compras, sin incluir inversiones, no superior a los 150.000 euros; actualmente es de 300.000 euros anuales.
- Se excluyen las actividades que facturen menos de un 50% a personas físicas y a las que se aplica el tipo de retención del 1%, es decir, las actividades de fabricación, construcción y reformas (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura…).
Permanecerán en módulos actividades como fabricación de pan y bollería, pastelería y masas fritas; impresión de textos, comercio al por menor, servicios de hostelería, quioscos, hoteles de dos o menos estrellas, talleres de reparación, transporte de viajeros por carretera, taxistas, escuelas y autoescuelas, tintorerías y peluquerías, así como la agricultura y la ganadería.
Además, debemos tener en cuenta que se baraja la posibilidad de una reforma adicional del sistema de módulos, en la que también se implemente la obligación de registrar los ingresos y gastos de forma que se puedan acreditar las pérdidas y ganancias de la actividad, algo que puede llevar a muchos autónomos en módulos a pasarse voluntariamente al régimen de estimación directa.
Para realizar la renuncia al sistema de módulos se debe presentar el modelo 036 o 037 correspondiente a la declaración censal, bien en el momento del inicio de la actividad, bien durante el mes de diciembre para aquellos autónomos en funcionamiento. Si desea tramitarlo a través de La Viña, debe pedir cita en el Departamento de Licencias. La renuncia tendrá efecto para un mínimo de tres años y se entenderá prorrogada después salvo que se revoque
Más información contactar con Margarita Ortiz al correo fiscal@hosteleriamadrid.com o al teléfono 91 360 09 09.