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Los locales de hostelería de Madrid, obligados a ser accesibles

Desde el pasado mes de diciembre los locales de hostelería deben estar adaptados a la normativa de accesibil...

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Los locales de hostelería de Madrid, obligados a ser accesibles - La Viña
Los locales de hostelería de Madrid, obligados a ser accesibles - La Viña

06 Jul

Los locales de hostelería de Madrid, obligados a ser accesibles

Por Redacción

Desde el pasado mes de diciembre los locales de hostelería deben estar adaptados a la normativa de accesibilidad y disponer de los siguientes elementos que hagan accesible el local a las personas con movilidad reducida.

¿Qué elementos deben instalar los locales de pública concurrencia?

  • Instalación de rampa de acceso a la entrada del local.
  • Disponer de itinerarios accesibles para usuarios en silla de ruedas o la adecuación de los aseos para personas con movilidad reducida.
  • Medidas paliativas en el caso de que su instalación sea de imposible cumplimiento.

Normativa

En diciembre del año pasado entraba en vigor la Instrucción de la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid publicada en el BOAM, el 23 de febrero, por la cual se aplicaba de manera íntegra la normativa de accesibilidad a todas las licencias, declaraciones responsables y comunicaciones previas que se tramiten ante la Agencia de Actividades para cualquier comercio/local de hostelería.

Estas exigencias de accesibilidad ya se pedían a los locales con licencias tramitadas después del 12 de septiembre de 2010. Sin embargo, desde el mes de diciembre del 2017 la adaptación de un local a esta normativa puede ser exigida a locales con licencia anterior al 12 de septiembre de 2010, considerados a estos efectos como edificios existentes. El Ayuntamiento de Madrid puede exigir la adaptación desde el día 4 de diciembre de 2017 en el momento que se haga cualquier cambio de titularidad del local o modificación de su licencia.

Descargar Instrucción


12 Comentarios para “Los locales de hostelería de Madrid, obligados a ser accesibles”

  1. Buenas noches
    Mi local tiene un aforo de 60 personas, con una licencia actualizada en 2012. Los baños están subiendo una escalera de 8 peldaños y no hay espacio para rampa y baño adaptado.
    Pueden exigirme poner un baño de minusválidos y rampa.
    Muchas gracias

    • LA VIÑA dice:

      Si no realiza ninguna modificación de la licencia que tiene actualmente concedida, el Ayuntamiento no tiene por qué pedir accesibilidad y aseo de minusválidos, según establece el Real Decreto de 23 de Febrero de 2017 «Resolución de 26 de enero de 2017 del Coordinador General de Planeamiento, Desarrollo Urbano y Movilidad por la que se aprueba la Instrucción 1/2017 relativa a los criterios a adoptar en relación con la aplicación del Documento Básico DB-SUA “Seguridad de Utilización y Accesibilidad” del Código Técnico de la Edificación en materia de accesibilidad en locales nuevos y existentes.»
      No obstante, aún no se sabe cómo va a actuar el Ayuntamiento en este asunto, ya que no han publicado criterios de actuación al respecto.
      Esperamos haber resuelto tus dudas.
      Equipo de LA VIÑA

  2. Jeremy dice:

    Estoy en el proceso de adquirir un local por traspaso. Dicho local acaba de tener la licencia de bar restaurante tras ser modificada desde bar. El local es de 90m. Al hacer cambio de titular del local. ME obligarán a poner un baño de minusválidos?

    • LA VIÑA dice:

      Efectivamente Jeremy,
      Con el cambio de titular deberás adaptarte a la normativa de accesibilidad. Si necesitas asesoramiento específico puedes pedir cita con las asesoras de licencias de LA VIÑA. Para ello debes ser asociado y la consulta es gratuita.
      Saludos,
      Equipo de Hostelería Madrid.

  3. Toñi Ortega Femia dice:

    El baño puede ser incluso unisex y accesible, no hace falta tener tres baños. Ruego que me corrijáis si estoy equivocada.
    Gracias.

  4. Pedro dice:

    Buenas tardes, estoy en busca de un local para montar mi bar-restaurante y me encuentro que todos los que veo en traspaso el baño que tienen no está adaptado para minusválidos, incluso, alguno de los locales tiene un escalón en la puerta de acceso al restaurante. Al coger un traspaso y cambiar el titular de la licencia que me pueden exigir acerca de la accesibilidad?

  5. Felix dice:

    Buenos días,

    Necesitaría saber donde encontrar el artículo específico de la normativa donde aclaren qué elementos debe llevar una puerta de paso (tanto corredera como batiente) a un baño en un hotel para discapacitados y cómo deben ser y colocarse. Me refiero manillas, cierrapuertas, automatimos, retenedores, etc.

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días Félix,
      En la Instrucción Municipal del BOAM número 7.853 de 23 de febrero de 2017 se aprueban una serie de modificaciones del Código Técnico de Edificación en materia de accesibilidad. Su artículo 3.2.4 Anejo C. Servicios higiénicos accesibles habla de que ‘el dimensionado de la dotación de servicios higiénicos se realizará de acuerdo a la normativa sectorial específica o cuando esta no dimensione la dotación y se limite a si exigencia, el dimensionado se realizará de acuerdo a los criterios del artículo 6.8.8 de las Normas urbanísticas del PGOUM’.
      Por tanto, debes consultar el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para ver qué establece en función de las características de tu local: https://transparencia.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/UDCUrbanismo/PGOUM/ficheros/Compendio2017NNUUPGOUM.pdf
      Saludos,
      Equipo de Hostelería Madrid

  6. Monica dice:

    Buenas tardes, voy a alquilar un local con licencia de bar del año 1993 y renovada en 2005. indica que la clase de uso es terciario recreativo.
    Que características tiene este tipo de licencia y que actividad se supone que puede realizarse con esta licencia. Puede tener cocina con plancha y freidoras?.

    Gracias.

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