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El registro de las horas realizadas por los trabajadores a tiempo parcial está siendo objeto de análisis por la Inspección de Trabajo, principalmente cuando hay variaciones de una jornada a otra, pudiendo ser la empresa sancionada en caso de incumplimiento de esta obligación.
Este modelo de registro deberá estar en el centro de trabajo a disposición del funcionario de la Inspección de Trabajo y debidamente rellenado, ya que su presentación posterior no tiene validez a efectos de acreditar la realidad de la jornada laboral del trabajador a tiempo parcial.
A estos efectos, LA VIÑA ha acordado con la Inspección de Trabajo de Madrid el modelo que deberán tener los establecimientos.
Como ya informamos anteriormente, existe la obligación del empresario de tener un registro diario, que se debe conservar durante un período mínimo de cuatro años, del número de horas diarias que realiza un trabajador a tiempo parcial, así como entregar mensualmente al trabajador, junto con la nómina, una copia del cómputo de las horas cotizadas en el mes correspondiente.
Además de las horas ordinarias pactadas en contrato, los trabajadores a tiempo parcial podrán realizar horas complementarias las cuales se pueden pactar en un anexo al contrato a tiempo parcial y cuyo número máximo anual es del 30% de la jornada anual del trabajador.
Todos los asociados que estén interesados en obtener este modelo pueden ponerse en contacto con nosotros:
Montse Anta
manta@hosteleriamadrid.com | 91 360 09 09