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En un sector tan dinámico y apasionante como la hostelería de Madrid siempre existen necesidades de plantilla. Si además buscas perfiles jóvenes de entre 16 y 24 años, te interesará conocer los requisitos y beneficios de los contratos de formación.
Lo primero que debemos tener en cuenta cuando hacemos un contrato de formación y aprendizaje es que este tipo de contrato tiene como finalidad la cualificación profesional de los trabajadores, que alterna la actividad laboral retribuida con la actividad formativa.
- Este contrato está dirigido a los jóvenes desempleados mayores de 16 y menores de 24 años, que estén inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil (al menos un día), incluidos los hijos de los autónomos. También es importante resaltar que no hay limitación en el número de contratos de Formación y se podrán realizar los que las empresas necesiten.
- El límite máximo de edad no será aplicado en el caso de los contratos para la formación y el aprendizaje para personas con discapacidad, ni con los colectivos en situación de exclusión social previstos en la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, en los casos en que sean contratados por parte de empresas de inserción que estén cualificadas y activas en el registro administrativo correspondiente.
- La duración mínima del contrato es de 1 año y la máxima de 3 y tiene que celebrarse a jornada completa. Durante el primer año, el 75% de la jornada será de trabajo efectivo y el 25% de formación teórica. A partir del segundo año, el 85% es de trabajo efectivo y el 15% restante de formación.
- El salario es el fijado en el convenio colectivo para la categoría de aprendiz.
- Para poder realizar este contrato es requisito imprescindible la autorización previa por parte del SEPE.
Las empresas que realicen estos contratos tienen una serie de beneficios:
- Exención en el pago de los seguros sociales del trabajador, que será del 100% para las empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para las empresas de más de 250 trabajadores.
- Bonificación del 100% del coste de la formación.
- Bonificación adicional para financiar los costes de tutorización de la empresa, de hasta 80 €/mes por trabajador, para las empresas de menos de 5 trabajadores y de hasta 60 €/mes por trabajador, para las empresas de más de 5 trabajadores.
- Bonificaciones/reducciones por transformación de estos contratos en indefinidos de 1500 €/año durante 3 años para los hombres y de 1800 €/año para las mujeres.
- En caso de despido del trabajador NO HAY QUE DEVOLVER los beneficios aplicados en seguridad social o bonificaciones de formación, siempre y cuando el empresario respete las obligaciones del contrato.
- Además existen ayudas de Comunidad de Madrid de 2940 € por cada contrato en formación a tiempo completo, los 6 primeros meses del contrato, con un incremento de 500€ si es mujer o pertenece al colectivo de personas Trans
Finalizado el contrato, el trabajador no podrá volver a ser contratado bajo esta modalidad por la misma o distinta empresa para la misma ocupación.
Más información: laboral@hosteleriamadrid.com | 91 360 09 09
POR FAVOR
Es correcto .
El punto 1 de contrato para formación y el aprendizaje ponen:
En punto 1
En caso de que la plantilla de tu empresa supere los 250 trabajadores. del 75%
no me queda claro
muchas gracias