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Con el fin de insertar en el mercado laboral a los jóvenes desempleados, la nueva Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor recoge, entre otras novedades, interesantes bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social cuando las empresas o autónomos contraten a menores de 30 años en modalidad de contrato formativo.
a) Contratación a tiempo parcial con vinculación formativa:
- Las empresas o trabajadores autónomos que contraten a tiempo parcial a desempleados menores de 30 años tendrán derecho a una reducción de la cuota empresarial a la Seguridad Social del 100% (en el caso de empresas de menos de 250 trabajadores) y del 75% en el caso de empresas con una plantilla igual o superior a 250 trabajadores.
- Esta deducción podrá hacerse durante un máximo de 12 meses, prorrogable otros doce siempre que el trabajador continúe compatibilizando el empleo con la formación o lo haya cursado en los seis meses previos a la finalización del periodo anterior.
- Requisitos que deben cumplir los trabajadores:
- No tener experiencia laboral, o que sea inferior a tres meses.
- Proceder de otro sector de actividad.
- Ser desempleado y estar inscrito ininterrumpidamente en la oficina de empleo durante los 18 meses anteriores a la contratación.
- Carecer de título oficial de enseñanza obligatoria, formación profesional o certificado de profesionalidad.
- Requisitos que deben cumplir los trabajadores:
- La formación no tiene por qué estar vinculada al puesto de trabajo y puede ser:
- Formación acreditable oficial promovida por los servicios públicos de empleo.
- Formación en idiomas, tecnologías de la información y la comunicación de una duración mínima de 90 horas.
- Para acogerse a estas medidas las empresas o autónomos deberán no haber realizado despidos improcedentes durante los seis meses anteriores.
- La empresa deberá mantener el empleo durante toda la duración del contrato con un máximo de 12 meses.
b) Contratación indefinida de un joven por parte de microempresas y autónomos:
- Las empresas/autónomos que contraten indefinidamente (a tiempo completo o parcial) a jóvenes desempleados menores de 30 años tendrán derecho a una reducción de la cuota a la Seguridad Social por contingencias comunes del 100% durante el primer año de contrato.
- Requisitos que deben cumplir las empresas:
- Tener una plantilla igual o menor de 9 trabajadores en el momento de la contratación.
- No haber tenido vínculo laboral anterior con el trabajador.
- No haber despedido de forma improcedente durante los seis meses anteriores.
- Obligación:
- Mantener el empleo del trabajador contratado al menos 18 meses, salvo que se finalice por causa no imputable al empresario o por resolución del periodo de prueba.
- Mantener el nivel de empleo de la empresa al menos un año.
c) Contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven:
- Reducción del 100% de todas las cuotas a la Seguridad Social (incluidas las de acidente de trabajo y las de recaudación conjunta) durante los 12 meses siguientes a la contratación.
- Se beneficiarán de ello los autónomos menores de 30 años que a partir del 24 de febrero de 2013 contraten por primera vez, de forma indefinida, a desempleados de 45 o más años, inscritos ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos durante12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación.
d) Contratación de desempleados menores de 30 años en su primera experiencia profesional:
- Se considera causa del contrato la adquisición de una primera experiencia profesional.
- La duración mínima del contrato será de tres meses.
- La duración máxima será de seis meses, salvo que por acuerdo de las partes se establezca una duración superior, sin que exceda los 12 meses.
- El contrato podrá ser a jornada completa o parcial, y en este último caso deberá ser superior al 75% de la jorada correspondiente a la de un trabajador a tiempo completo.
Las empresas y autónomos que transformen estos contratos de prácticas en indefinidos tendrán derecho a:
- Bonificación en las cuotas a la Seguridad Social dede 41,67 €/mes (500€/año), durante tres años, siempre que la jornada sea al menos del 50% de la correspondiente a la de un trabajador a jornada completa.
- Si el contrato se selebra con una mujer la bonificación será de 58,33€/mes (700€/año).
e) Incentivos a los contratos en prácticas:
- Podrán celebrarse contratos de prácticas a jóvenes menores de 30 años aunque hayan transcurrido cinco años o más desde la finalización de los estudios.
- Las empresas o autónomos que los contraten tendrán derecho a una bonificación del 50% de la cuota a la Seguridad Social durante toda la vigenia del contrato.
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