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El Real Decreto Ley 28/2018, publicado en el BOE de 29 de diciembre, introdujo una serie de novedades laborales con efectos directos en el sector Horeca desde el mes de enero de 2019.
Las 3 novedades más destacadas son:
- Incremento de la cotización en contratos de corta duración: La cotización por los contratos de corta duración se incrementa del 36% al 40%, lo que supone un incremento del 4% (en base a la modificación del artículo 151 de la Ley general de Seguridad Social).
- Incremento de las bases de cotización a la Seguridad Social: Se incrementa un 7% la base de cotización máxima, que se sitúa en 4.070,10€, y en torno a un 22% las bases de cotización mínimas debido a la subida del Salario Mínimo Interprofesional para el 2019.
- Se derogan siete tipos de contratos de trabajo e incentivos a la contratación vinculados a una tasa de desempleo superior al 15%:
- El contrato indefinido de apoyo a emprendedores.
- Los contratos de formación y aprendizaje con personas de entre 25 y 30 años.
- Los incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa.
- La contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos,.
- Los incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.
- El contrato al primer empleo joven.
- Los incentivos a los contratos en prácticas.contratos e incentivos
Se considerarán válidos los contratos y los incentivos que se hayan celebrado desde el 15 de octubre de 2018, fecha de publicación de la EPA del tercer trimestre de 2018, hasta el 1 de enero, fecha de la entrada en vigor de este Real Decreto Ley.
Redacción: @MargaMCasal
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