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¿Qué ocurre si, tras haber iniciado el cobro de la prestación por cese de actividad, el autónomo reanuda la actividad?
- Si se reanuda la actividad durante alguna de las fases de desescalada: Tanto si el motivo es suspensión de actividad como si es reducción de facturación, el autónomo percibirá la prestación hasta el último día del mes de finalización del estado de alarma.
- No hay que confundir la suspensión de la actividad por la declaración del estado de alarma, con otros casos de suspensión voluntaria de la misma por no considerar el autónomo posible mantener la actividad, supuestos en los que, si ya se ha reconocido la prestación, debe anularse y devolver lo recibido indebidamente.
Si el autónomo va a reincorporarse a la actividad y está cobrando el cese ¿Tiene que presentar algún documento o comunicación?
- No, no tiene que comunicar nada.
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