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Los diferentes distritos de Madrid acordaron suspender la liquidación y consiguiente obligación de pago de la cuota tributaria de terrazas, como medida especial ante el Estado de Alerta para combatir la propagación del coronavirus, Covid-19.
– Suspender la liquidación y consiguiente obligación de pago de la cuota tributaria, de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local referida a la instalación de las terrazas de hostelería y restauración afectadas durante el plazo en el que la autorización para su instalación quede suspendida.
– Suspender temporalmente las autorizaciones administrativas de todas las terrazas de veladores ubicadas en Madrid por el período establecido en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 11 de marzo de 2020.
– Ordenar el levantamiento inmediato de todo el mobiliario tanto de las terrazas con autorización administrativa en vigor como de las que no cuenten con la correspondiente autorización administrativa. De no retirarse voluntariamente, será retirado por los servicios municipales correspondientes, correspondiéndole al responsable los gastos generados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.3 de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración.
Las medidas se producen en cumplimiento del Decreto de 13 de marzo de 2020, de la Concejal Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación, por el que se aprueban las Instrucciones sobre el funcionamiento de las terrazas de hostelería y restauración y en virtud de las competencias atribuidas por el apartado 6.2 del Acuerdo de Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de Organización y Competencias de los Distritos.
Nosotros disponemos de terraza y ya hemos pagado la cuota. ¿Se nos devolverá la cantidad correspondiente a los días de cierre obligatorio? Dónde o a quién deberíamos reclamarlo? Por otro lado, nuestro mobiliario de la terraza está apilado y encadenado en la vía pública (cumpliendo la normativa de no atarlo a ningún mobiliario urbano, ¿aún así deberíamos retirarlo?
Buenos días,
En relación a terrazas, el Ayuntamiento de Madrid elimina la cuota tributaria mientras dure el Estado de Alarma. Por consiguiente, si ya sea pagado, se podrá solicitar la devolución de ingresos, respecto a la parte proporcional de la suspensión de actividad.
En cuanto al levantamiento inmediato de todo el mobiliario de las terrazas, queda referido, bien a su apilamiento si está autorizado para ello, bien a tenerlo dentro del local si por el contrario no tiene dicha autorización de apilamiento.
Un saludo.