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Requisitos para la solicitud de un crédito ICO para afectados por el Covid-19

El Consejo de Ministros, de acuerdo con lo regulado en el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de m...

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Requisitos para la solicitud de un crédito ICO para afectados por el Covid-19 - La Viña
Requisitos para la solicitud de un crédito ICO para afectados por el Covid-19 - La Viña

06 Abr

Requisitos para la solicitud de un crédito ICO para afectados por el Covid-19

Por Redacción

El Consejo de Ministros, de acuerdo con lo regulado en el artículo 29 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias, ha aprobado con fecha 24 de marzo, -BOE 26 de marzo- las condiciones y requisitos para acceder al primer tramo de avales, otorgados por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, hasta un importe de 20.000 millones de euros, para facilitar acceso al crédito y liquidez a empresas y autónomos para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Te presentamos las condiciones actualizadas luego de que este lunes 06 de abril entraran en vigencia los avales.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Pueden solicitar un crédito de financiación con garantía del ICO autónomos y empresas domiciliados en España cuya actividad se encuadre en un CNAE del sector turístico y actividades conexas.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar una línea ICO?

Las empresas y autónomos deberán cumplir los siguientes requisitos:

• No podrán figurar en situación de morosidad en los ficheros de información sobre solvencia patrimonial y crédito.

• No podrá estar incursos en un procedimiento de insolvencia colectiva ni reunir los requisitos para encontrarse sometido a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de los acreedores.

• No se podrá utilizar esta financiación para efectuar refinanciaciones anteriores o posteriores de otros préstamos con la entidad financiera.

• Los clientes que tengan la condición de gran empresa deberán tener una calificación crediticia B- o superior.

Dónde se puede solicitar la financiación

En cualquiera de las Entidades de Crédito que colaboran con el ICO en la financiación ICO Sector Turístico y actividades conexas – Covid 19/Thomas Cook.

Consulta el listado.

¿Cuál es el importe máximo por cliente?

El Importe máximo por cliente al año será de 500.000 euros, en una o varias operaciones.

¿Cómo opera la línea ICO?

La financiación se formalizará bajo la modalidad de préstamo.

Plazo de amortización y carencia

1, 2, 3 ó 4 años con 1 año de carencia de principal.

Tipo de interés del préstamo

Fijo, hasta un máximo de 1,5% (incluidas comisiones).

¿De cuánto serán las comisiones y gastos?

La Entidad de Crédito podrá aplicar una comisión al inicio de la operación. El coste para el cliente de esta comisión más el tipo de interés, no podrán superar la TAE máxima 1,5%. Además podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será del 1% sobre el importe cancelado.

No se aplicarán la comisión mencionada en el párrafo anterior a las operaciones que se encuentren dentro del ámbito de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario, en cuyo caso la comisión a aplicar será la siguiente:

• un 0,50% sobre el importe cancelado anticipadamente, si la amortización se produce durante los 5 primeros años.

• un 0,25% sobre el importe cancelado anticipadamente, si la amortización se produce a partir del quinto año.

En el supuesto de que el contrato se encuentre dentro del ámbito de aplicación de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, y las comisiones que resulten aplicables en virtud de lo determinado en este apartado fueran superiores a las establecidas en dicha Ley, será el banco quien fije la comisión o la compensación aplicable que cumpla con lo dispuesto en la Ley 5/2019.

En caso de amortización anticipada obligatoria, se devengará una comisión en concepto de penalización del 2% sobre el importe indebidamente formalizado.

¿De cuánto será el TAE?

La Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicable a la operación estará compuesta por el coste de la comisión inicial, que en su caso aplique la Entidad de Crédito, más el tipo de interés. La TAE no podrá superar el límite máximo del 1,5% establecido por ICO.

Garantías

La Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas, salvo aval de la SGR o SAECA. El ICO garantizará a las Entidades de Crédito el 50% del riesgo de sus clientes.

Compatibilidad de esta financiación con las ayudas que conceden otros organismos

Con carácter previo a la formalización de la operación, el cliente deberá firmar una Declaración Responsable de ayuda sujeta al Reglamento de minimis, que le facilitará la Entidad de Crédito y que formará parte integrante de la póliza de préstamo, donde declarará las ayudas percibidas en el año en cuso y en los dos ejercicios anteriores.

La Entidad de Crédito verificará que las ayudas previas declaradas por el cliente más la ayuda correspondiente a la operación de préstamo con garantía del ICO a formalizar no supera los 200.000 euros.

Documentación

Además de la documentación que cada Entidad de Crédito considere necesaria para estudiar la operación, el cliente deberá aportar la siguiente documentación:

-Declaración de ayudas de minimis

-Documentación que acredita la condición de cliente de esta financiación con garantía del ICO:

• Copia del CIF (empresas) o NIF (autónomos)

• Copia de escritura o estatutos donde se acuerde el domicilio social que corresponda al momento de la fecha de firma de la operación

• Modelo 036 o 037 donde figura el CNAE del cliente

¿Cuál es el porcentaje máximo de cobertura del aval?

  • En el caso de autónomos y pymes el aval garantizará el 80% del principal de las nuevas operaciones de financiación y de las renovaciones.
  • Para el resto de empresas, que no tengan la consideración de pyme, el aval cubrirá el 70% en el caso de nuevas operaciones de préstamo y el 60% para renovaciones.
  • El aval no da cobertura a conceptos distintos al principal de la operación, tales como pago de intereses, comisiones u otros gastos inherentes a las operaciones.

Vigencia

El cliente podrá formalizar operaciones con la Entidad de Crédito hasta el 31 de diciembre de 2020.

Información del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. 


26 Comentarios para “Requisitos para la solicitud de un crédito ICO para afectados por el Covid-19”

  1. Angel dice:

    Es preocupante que entre los CNAE que reconoce el ICO para poder disfrutar de los créditos especiales por el COVID 19 no está incluido el 563.0 Establecimientos de Bebidas en el que están encuadrados los bares, con lo que nos han prohibido a estos establecimientos el acceso a estas ayudas crediticias.
    Por favor, decirme que estoy equivocado y explicarme como puedo acceder a ellas porque el Banco me ha dicho que no podemos solicitarlo.

    • Juan antonio dice:

      De eso nada.. Dile al indocumentado del
      Banco que tu cnae es un genérico de restaurantes y ya está.. mira la página del Ico. Sino Caixa y Bbva los tramitan porque a mi
      Me lo han ofrecido

    • LA VIÑA dice:

      Buenas tardes,
      La línea que esta publicada, con toda la información de CNAE y demás, es de los ICOS que sacaron en su momento por la quiebra de la operadora turística Thomas Cook y que han querido adaptar ante la contingencia, por eso lo de los CNAE, que no son los de las actividades que han obligado a cerrar y de la que solo hay 27 MM de euros. El miércoles se reúne el Consejo de Ministros y se espera más información precisa sobre la línea ICO especial para el COVID-19. Estaremos atentos a la información y la comunicaremos.

  2. José Luís oliva Rodríguez dice:

    Hola. Puede obligarme el banco a un seguro por solicitar mi préstamo ico en esta situación del vvifz19

  3. José Luís oliva Rodríguez dice:

    Quería decir si el banco debido a esta situación tan dramática del COVID-19 Al solicitar un préstamo ICO pueden obligarte a contratar un seguro.

  4. Javier dice:

    Hola conceden crédito ico a los bares? El dueño tiene impagos y morosidad en tarjetas y créditos atrasados

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días,
      La línea que esta publicada, con toda la información de CNAE y demás, es de los ICOS que sacaron en su momento por la quiebra de la operadora turística Thomas Cook y que han querido adaptar ante la contingencia, por lo que la situación de los bares no está clara. Lo mejor en este caso es hablar directamente con la entidad bancaria.
      Muchas gracias.

    • JOSE ESMAEL dice:

      hola tengo un restaurante y estoy en ficheros por otro sociedad pero tengo 8 empleados y s.s. ey hacienda al dia puedo pedir un ico

  5. Sandra dice:

    Hola,mi marido es albañil autónomo,si apareces en lista de morosos,se puede solicitar el préstamo ICO? Gracias.

  6. Maria dice:

    Hola he solicitado un préstamo ICO Santander y me han cobrado 050 de comisión de apertura alguno y mediante eso la el importe de la comisión ya me lo han sacado de la cuenta pero no me han ingresado todavía los fondos ICO

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días, los fondos ICO los gestiona el banco, ellos son los que le pueden informar sobre cuanto tiempo demora la llegada del crédito.

  7. Micaela dice:

    Por un error en la declaración del IVA del 4.trimestre de 2019, hacienda me deniega el certificado de estar al corriente, me pide el importe del 4.trimeste, ya presentamos en su momento la complementaria explicando la equivocación y pagando en fecha el importe de la declaración correcta, es indispensable ese certificado para solicitar el ICO?, es que no hay forma de comunicar con hacienda, pues no han tramitado la parte donde se aclara y se paga el impuesto. Y otra cosa que quería comentar, los bancos por ejemplo el Santander los ICOS los está firmanado pero al 2.5% de interés, eso el legal?

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días, el TAE máximo de los préstamos es 1,5% cualquier problema con respeto a este tema lo puede reportar al Banco de España al siguiente número de teléfono 900.54.54.54 . el problema con Hacienda los debe consultar con su asesor fiscal. Si es de miembro de la asociación puede mandar un correo a fiscal@hosteleriamadrid.com

  8. Francisco dice:

    Desde el 19 de marzo que empecé a tramitar con Bankia la documentación para solicitar el préstamo ICO no para de pedir nueva documentación porque no les cuadra los apuntes contables de los fondos propios siendo estos positivo .
    Hoy me han comunicado que me lo deniegan por qué no les vale que los fondos propios sean positivos sino que tengo que realizar ampliación de capital en escritura.
    Realmente están dando los préstamos o soy una excepción.
    O es Bankia

  9. Jose dice:

    Hola. Para compraventa de vehículos de ocasion se puede solicitar un préstamo ico?. En caso de que asi sea, estando al corriente con hacienda y seguridad social pero en asnef me lo podrian conceder?. Gracias.

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días,
      Los requisitos de cada crédito ICO en particular los debe acordar con su entidad bancaria ellos son los que lo pueden orientar sobre este tema

  10. victoria dice:

    hola
    Estamos afectados por un descenso en la facturación de mas del 75%. Nos han concedido las ayudas para autónomos. Pero al solicitar al banco un crédito Ico, nos exigen Cese de Actividad. ¿es necesario?

    • LA VIÑA dice:

      Buenos días,
      No hay una norma especifica al respecto, pero habría que saber la finalidad y motivación del crédito. Si es por moratoria, por circulante, importe, garantías, etc.
      La explicación del por qué la puede solicitar a su entidad financiera,
      Gracias

  11. CAROLINA dice:

    HOLA BUENA TARDE LLEVO SEIS MESES CON MI EMPRESA PUEDO SOLICITAR UN ICO GRACIAS

    • LA VIÑA dice:

      Buenas tardes Carolina, los Ico son créditos que debes solicitar directamente a tu entidad bancaria. Esta es una nota a modo informativa para que conozcas cuáles son algunos de los requisitos que te pueden solicitar. Muchas gracias

  12. HASTA CUANDO,SE PUEDE SOLICITAR,CREDITO I.C.O.COVID 19.GRACIAS

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