Si quieres ampliar el horario de cierre en Navidad, debes solicitarlo expresamente - Hostelería Madrid

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Si quieres ampliar el horario de cierre en Navidad, debes solicitarlo expresamente

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Si quieres ampliar el horario de cierre en Navidad, debes solicitarlo expresamente - La Viña
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01 Dic

Si quieres ampliar el horario de cierre en Navidad, debes solicitarlo expresamente

Por Redacción

Los bares, restaurantes y bares de copas que deseen ampliar el horario de cierre en Nochebuena, Fin de Año y Reyes deben solicitarlo expresamente, ya que la ampliación automática quedó anulada en el año 2018 tras la anulación de la Orden 42/2017, de 10 de enero, de la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid, por la Sentencia nº 446/2018, de 20 de julio, del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por cuestiones formales tras una reclamación de los salones de juego contra los bingos en la que solicitaban la ampliación de sus horarios de 12:30 h a las 3:00 h de estos últimos.

Como consecuencia de esta reclamación judicial, el Tribunal ha anulado en su totalidad la Orden 42/2017, de 10 de enero, que establecía en su artículo 2.5 a): “Con ocasión de la celebración de las Fiestas Patronales de cada municipio, de las Fiestas Navideñas de Nochebuena, Fin de Año y Reyes y de la celebración de actividades de interés general declaradas por el respectivo Ayuntamiento, los locales y establecimientos contemplados en la presente Orden podrán ampliar su horario de cierre en una hora.”

Solicitudes de ampliación expresa

Con la anulación de dicha Orden, los horarios de las actividades de hostelería quedan regulados por la normativa anterior, la Orden 1652/1998, de 23 de octubre de la Consejería de Presidencia, que prevé los mismos horarios actuales para las actividades:

  • Bares y cafeterías de 6:00 h a 2:00 H, 30 minutos más los viernes, sábados y vísperas de festivo;
  • Restaurantes de 10:00 h a 2:00 H, 30 minutos más los viernes, sábados y vísperas de festivo;
  • Bares especiales 13:00 a 3:00 h, 30 minutos más los viernes, sábados y vísperas de festivo;

Establece también el horario de desalojo de 30 minutos posteriores a su horario de cierre para las actividades con aforo de hasta 350 personas, y para aquellas de más de 350 personas un desalojo de 45 minutos, en los que no se podrán expender bebidas, se encenderán las luces y se iniciarán las labores de cierre de los locales.

Solicita la ampliación en línea

Los empresarios pueden solicitar, de forma expresa, la ampliación horaria al Ayuntamiento de Madrid en este enlace: SOLICITUD DE AMPLIACIÓN HORARIA EN LÍNEA


2 Comentarios para “Si quieres ampliar el horario de cierre en Navidad, debes solicitarlo expresamente”

  1. Raúl meniz dice:

    Hola me gustaría solicitar ampliación de horario para mi local

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