¿Autónomo o Sociedad Limitada? Qué forma jurídica elegir
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¿Qué forma jurídica elegir para tu empresa?: Autónomo o Sociedad Limitada…

Una de las dudas que nos planteamos a la hora de poner en marcha una empresa es ¿Qué forma jurídica elegir ...

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¿Qué forma jurídica elegir para tu empresa?: Autónomo o Sociedad Limitada… - La Viña
¿Qué forma jurídica elegir para tu empresa?: Autónomo o Sociedad Limitada… - La Viña

11 May

Desde Hostelería Madrid os contamos en qué consiste cada forma jurídica

Por Redacción

Una de las dudas que nos planteamos a la hora de poner en marcha una empresa es ¿Qué forma jurídica elegir para empezar a trabajar? La mayoría de los emprendedores eligen una de estas dos: Autónomo o Sociedad Limitada.

Pero, ¿sabes qué ventajas e inconveniente tiene cada una de estas formas jurídicas? Te lo contamos:

AUTÓNOMOS

Es la más sencilla de las dos opciones ya que no es necesario un capital mínimo. Se limita a un solo socio y para constituirla solo hay que cumplir dos trámites que no tienen ningún coste:

  1. Acudir a Hacienda
  2. Acudir a la Seguridad Social.

Sin embargo, antes de optar por este modelo vale la pena tener en cuenta las siguientes consideraciones:

  • La responsabilidad es personal. El autónomo la asume con su capital presente y futuro. En el caso de estar casado en el Régimen de Gananciales, el patrimonio del matrimonio también podrá utilizarse para responder a los acreedores en caso de ser necesario.
  • Si eres autónomo, el pago de impuestos se hará a través de IRPF que varía según tus ganancias.

SOCIEDAD LIMITADA

A raíz de la publicación de la Ley 18/2022 de 28 de Septiembre (Ley Crea y Crece), ya se pueden constituir Sociedades Mercantiles desde 1 euro con los siguientes requisitos:

Las SL podrán tener un capital social mínimo no inferior a un euro, si bien fija también una serie de obligaciones que deberán cumplirse mientras dicho capital no alcance la cifra de 3.000 euros:

  • De los beneficios que obtenga la sociedad, cada año deberá destinarse a reserva legal al menos el 20% del beneficio hasta que dicha reserva, junto con el capital social, alcance los 3.000 euros . 
    • Con posterioridad, se mantiene la obligación de destinar a la reserva legal el 10% del beneficio hasta que dicha reserva alcance el 20% del capital social.
  • En caso de liquidación, si el patrimonio social fuera insuficiente para atender el pago de las obligaciones sociales, los socios responderán solidariamente de la diferencia entre el importe de 3.000 euros y la cifra del capital suscrito. 
    • En definitiva, los socios pueden llegar a responder por 2.999 euros, por lo que tal vez les convenga más aportarlos de entrada.

Las SL se crean a partir de participaciones cuyos socios sólo responderán en función del capital aportado. El número mínimo de socios es de 1 y su constitución es más difícil y puede durar un mes ya que se deben cumplir una serie de requisitos previos.

Además del desembolso inicial de 3.000 euros, la constitución de la sociedad tiene coste de Notaría y Registro Mercantil. Y cualquier modificación posterior de escrituras que se quiera realizar hay que realizarlo igualmente con Notaría y presentarlo en registro Mercantil, por lo que también tendrá un coste.

Si necesitas asistencia con este proceso contáctanos en fiscal@hosteleriamadrid.com.

La Sociedad Limitada es una de las formas jurídicas más comunes ya que ofrece a los empresarios los siguientes beneficios:

  • En la sociedad limitada, la responsabilidad está limitada al patrimonio y a las aportaciones sociales. El socio y administrador tendrán una responsabilidad limitada de su patrimonio, es decir, el patrimonio personal no está 100% protegido, pero es mucho más difícil llegar a él, y no está totalmente expuesto como en el caso de un autónomo
  • Puedes desgravarte todo lo que esté relacionado con tu actividad al 100%
  • Tributas por el impuesto a sociedades, un tipo único que está fijado en 25%. A partir de la publicación de la Ley 31/2022 de 23 de Diciembre: las sociedades con una cifra de negocio inferior al millón de euros tributarán al 23%.

Elegir qué modelo jurídico es mejor dependerá muchas veces de la complejidad del negocio, el número de empleados y el nivel de ganancias esperado. Por eso, es importante contar siempre con el asesoramiento de un gestor fiscal. En Hostelería Madrid tenemos a los mejores, con una dilatada experiencia en el sector de la restauración. Contáctanos en fiscal@hosteleriamadrid.com. 

Si no eres asociado y quieres recibir el mejor asesoramiento fiscal parea hostelería, no dudes en darte de alta con nosotros: ASÓCIATE.


2 Comentarios para “¿Qué forma jurídica elegir para tu empresa?: Autónomo o Sociedad Limitada…”

  1. Julio dice:

    Quiero adquirir un bar pequeño y quiero ver lo que mas me conviene

    Saludos

    • Redacción dice:

      Buenos días y encantados de saludarte, Julio.
      Puedes ponerte en contacto con nuestro departamento de emprendimiento para que puedan asesorarte en el proceso de puesta en marcha de tu empresa.
      Puedes contactar con emprende@hosteleriamadrid.com.
      Saludos,
      Equipo de Hostelería Madrid

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