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La CAM retrasa el cierre de la hostelería hasta las 00:00 h y admitirá nuevos clientes hasta las 23:00 h

El último cliente en bares y restaurantes no podrá acceder al local después de las 23:00 horas. Se mantiene...

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La CAM retrasa el cierre de la hostelería hasta las 00:00 h y admitirá nuevos clientes hasta las 23:00 h - La Viña

07 May

La CAM retrasa el cierre de la hostelería hasta las 00:00 h y admitirá nuevos clientes hasta las 23:00 h

Por Redacción

  • El último cliente en bares y restaurantes no podrá acceder al local después de las 23:00 horas.
  • Se mantiene la prohibición del consumo en barra y las mesas continuarán siendo de cuatro en el interior y de seis en el exterior
  • Sanidad recomienda que las reuniones en domicilios se limiten a los convivientes

La Comunidad de Madrid suprimirá a partir del próximo 9 de mayo el toque de queda mientras que va a mantener, con control judicial, las limitaciones y medidas específicas en determinadas zonas básicas de salud. Todo ello, una vez finalizado el Estado de alarma. Por ello, se mantendrá la restricción de entrada y salida salvo causa justificada, sometiéndose la medida a ratificación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, como ya se realizó con anterioridad al vigente Estado de alarma.

MEDIDAS DESDE LAS 00:00 HORAS DEL 9 DE MAYO

La nueva Orden de la Consejería de Sanidad contempla:

  1. La apertura de los establecimientos comerciales y de prestación de servicios profesionales entre las 06:00 y las 23:00 horas máximo, excepto los de servicios esenciales que no tienen límite horario, y su aforo queda limitado al 75%, que es como está actualmente fijado.
  2. En lo que se refiere a la HOSTELERÍA, el horario de cierre se fijará a las 00:00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes para consumir en el establecimiento a partir de las 23:00 horas. Además, se mantiene la prohibición de consumo en barra y la limitación de cuatro comensales por mesa en el interior y de seis en terrazas. Por lo que respecta al aforo en la hostelería se mantiene como hasta ahora, el 50% en el interior y el 75% en exterior.
  3. Al suprimirse la limitación de movilidad nocturna, los clientes pueden abandonar el local poco antes de las 00 horas (hora de cierre) y volver a sus domicilios de forma escalonada. 

OTRAS RECOMENDACIONES

La Consejería de Sanidad recomendará:

  1. Que la participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar, social o lúdico, tanto en la vía pública como en espacios públicos, se limite a un número máximo de seis personas salvo que se trate de convivientes.
  2. Asimismo, se aconseja que la participación en reuniones sociales, familiares o lúdicas, que se desarrollen en domicilios y espacios de uso privado, se limite a las personas que pertenecen al mismo núcleo o grupo de convivencia. El uso de la mascarilla será obligatorio en las mismas condiciones que hasta la fecha, con las mismas excepciones.

NUEVA ORDEN DE SANIDAD QUE SUSTITUYE A LA 66872020

La Consejería de Sanidad ha elaborado una nueva Orden que sustituirá a la Orden 668/2020, de 19 de junio, que será de aplicación en todo el territorio de la Comunidad de Madrid y producirá efectos desde las 00:00 horas del día 9 de mayo de 2021. Dicha Orden tiene por objeto establecer las medidas preventivas de contención y propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. 


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