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Se mantienen para el año 2026 los mismos tramos y bases de cotización de los autónomos del año 2025 y se establece un nuevo tope máximo en 5.101,20 € mensuales, tal y como recoge el BOE del 24 de diciembre de 2025. Igualmente se fijan para el 2026 las mismas tablas general y reducida del año 2025. Por su parte, las bases mínimas ‘definitivas’ de 2026 están pendientes de la publicación de la Orden anual de cotización y de la actualización del SMI 2026. Mientras tanto, se aplica un criterio transitorio: las bases mínimas se actualizarán automáticamente cuando se revise el SMI. Finalmente, el tipo de cotización por el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional) pasa del 0,8 % al 0,9 %.
1) Base máxima para 2026
- Base/tope máximo mensual 2026: 5.101,20 €.
2) Tablas por rendimientos (se mantienen las de 2025)
En 2026 se aplican las tablas de 2025 (Real Decreto-ley 13/2022), ajustando el techo de los tramos altos (11 y 12) al nuevo tope máximo.
Tabla reducida (3 tramos)
Se mantiene igual que 2025:
- Tramo 1 (≤ 670 €/mes): base 653,59 – 718,94 €/mes
- Tramo 2 (670 a 900 €/mes): base 718,95 – 900 €/mes
- Tramo 3 (900 a 1.166,70 €/mes): base 849,67 – 1.166,70 €/mes
Tabla general (12 tramos)
Bases mínimas y máximas (se mantienen como en 2025), con la actualización del techo en los tramos 11 y 12 al nuevo tope 2026:
- Tramo 1 (1.166,70 a 1.300): 950,98 – 1.300
- Tramo 2 (1.300 a 1.500): 960,78 – 1.500
- Tramo 3 (1.500 a 1.700): 960,78 – 1.700
- Tramo 4 (1.700 a 1.850): 1.143,79 – 1.850
- Tramo 5 (1.850 a 2.030): 1.209,15 – 2.030
- Tramo 6 (2.030 a 2.330): 1.274,51 – 2.330
- Tramo 7 (2.330 a 2.760): 1.356,21 – 2.760
- Tramo 8 (2.760 a 3.190): 1.437,91 – 3.190
- Tramo 9 (3.190 a 3.620): 1.519,61 – 3.620
- Tramo 10 (3.620 a 4.050): 1.601,31 – 4.050
- Tramo 11 (4.050 a 6.000): 1.732,03 – 5.101,20 (actualizada a 2026)
- Tramo 12 (> 6.000): 1.928,10 – 5.101,20 (actualizada a 2026)
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