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Redacción: Marga Míguez
El Ayuntamiento de Madrid tiene abierto el periodo voluntario de pago de la tasa de terrazas de 2026, del 1 de octubre al 30 de noviembre, ambos incluidos. Durante este periodo, la Agencia Tributaria Madrid remitirá los recibos a los titulares de los establecimientos. Revisa su recepción y coordina el pago con tu gestoría para evitar que quede pendiente.
¿Cómo puedes pagar?
Si tienes el recibo domiciliado, comprueba que el cargo se atiende correctamente. Si no lo tienes domiciliado, puedes abonarlo:
- Por Internet, en madrid.es/pagos, mediante tarjeta, cargo en cuenta, banca electrónica o Bizum.
- Por teléfono, con tarjeta, a través del 010 o del 914 800 010.
- En las entidades colaboradoras: Santander, BBVA, Ibercaja, Sabadell y Unicaja, dentro de sus horarios de pago.
El trámite específico de la tasa también permite el pago en línea sin certificado digital.
¿Qué hacer si no has recibido el recibo?
Solicita un duplicado antes del vencimiento:
- Por Internet: madrid.es/duplicados.
- Por teléfono: 010, desde Madrid, o 914 800 010.
- Presencialmente: en las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente o en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid, solicitando cita previa cuando corresponda.
No recibir el recibo no amplía el plazo de pago: el anuncio municipal tiene carácter de notificación colectiva. Las deudas pendientes al finalizar el periodo voluntario pasarán a vía ejecutiva, con los recargos e intereses que procedan.
Antes de pagar, comprueba los datos del establecimiento y el importe del recibo. Si detectas alguna discrepancia, consúltala con la Agencia Tributaria Madrid. Una vez abonado, conserva el justificante.
Trámite: Accede al trámite de pago de la tasa de terrazas.
Consultas socios: si necesitas consultar cualquier duda sobre tu terraza o la licencia, escríbenos: licencias@hosteleriamadrd.com.
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