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Con motivo de la celebración del Día Mundial de la Televisión, es importante recordar que los establecimientos hosteleros de Madrid con televisores deben cumplir determinadas obligaciones legales. A continuación, te ofrecemos una guía práctica para asegurarte de cumplir con la normativa vigente y evitar posibles multas por desconocimiento de la misma.
¿Es necesario pagar por tener una televisión en mi local?
Sí. Según la Ley de Propiedad Intelectual, cualquier acto de comunicación pública de una obra protegida requiere la autorización de los titulares de los derechos. Esto incluye la emisión de contenidos a través de televisión en establecimientos públicos. Por lo tanto, es obligatorio obtener una licencia de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) para poder emitir contenidos protegidos en tu local.
El precio del SGAE no es fijo, ya que depende de varios aspectos. Algunos de estos son el aforo, la superficie y la actividad del local. Esta licencia te permite la emisión de música en cualquier formato (radio, TV, Spotify…) y programas audiovisuales que contengan obras protegidas, como canales de televisión abierta.
Esto debes pagar si quieres ver el fútbol en tu negocio
Además de la licencia de SGAE, si deseas emitir contenidos de pago, como partidos de fútbol o eventos deportivos a través de plataformas privadas, es necesario adquirir una licencia comercial o HORECA específica. Estas licencias se gestionan directamente con el proveedor del contenido y cuentan con precios especiales para los negocios hosteleros. En caso de querer emitir partidos en abierto, bastaría con abonar la licencia de SGAE mencionada en el punto anterior.
¿Cuántas licencias necesito si tengo varias televisiones?
La respuesta a esta pregunta puede ser: depende. En el caso del SGAE, la licencia se otorga en función del espacio del local, no por el número de televisores, por lo que el pago será único.
Sin embargo, para los canales de pago, cada televisor que emita contenido de pago debe estar cubierto por una licencia comercial correspondiente. Por ejemplo, si tienes tres televisores y deseas emitir contenido de pago en todos ellos, necesitarás una licencia comercial para cada uno.
¿Puedo poner una televisión en la terraza de mi local?
En el municipio de Madrid, la respuesta es no. La Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración prohíbe la instalación de equipos de reproducción, amplificación sonora o audiovisual en los espacios o instalaciones de la terraza. Esto incluye televisores, altavoces y otros dispositivos similares. Por lo tanto, no está permitido emitir contenidos en las terrazas de tu local.
Multas por no contar con las licencias
Es importante recordar que incumplir alguna de las normas puede derivar en sanciones económicas importantes. Por ejemplo, emitir de manera ilegal el fútbol o no contar con la licencia correspondiente puede derivar en multas que van desde los 600 hasta los 600.000 euros.
Para conocer más información sobre las televisiones en las terrazas de bares y restaurantes, pincha aquí.
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