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La Comunidad de Madrid amplía las bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para el Grupo III de parentesco

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La Comunidad de Madrid amplía las bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para el Grupo III de parentesco - La Viña
La Comunidad de Madrid amplía las bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para el Grupo III de parentesco - La Viña

01 Jul

La Comunidad de Madrid amplía las bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para el Grupo III de parentesco

Por Redacción

La Asamblea de Madrid ha aprobado la Ley 2/2025, que introduce varias novedades en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con el objetivo de acercar el tratamiento fiscal de los parientes del Grupo III (hermanos, tíos, sobrinos y parientes por afinidad) al que ya disfrutan los familiares directos.

Principales cambios:

  • Bonificación del 50% en sucesiones y donaciones para todos los contribuyentes del Grupo III, tanto por consanguinidad como por afinidad. Esta medida supone un incremento de 25 puntos porcentuales respecto a la bonificación anterior (que era del 25% para ciertos casos).
  • Donaciones inferiores a 1.000 euros: estarán bonificadas al 100% y no será necesario declararlas, siempre que no se supere este límite en un plazo de tres años entre el mismo donante y donatario.
  • Simplificación de requisitos formales:
    • No será necesario otorgar escritura pública para donaciones de hasta 10.000 euros, salvo que sea exigido legalmente.
    • Se aclara que no se pierde el beneficio fiscal si el documento privado se eleva a público dentro del plazo voluntario de presentación de la autoliquidación.
  • Se mantiene la reducción del 100% (hasta 250.000 euros) para donaciones en metálico destinadas a vivienda habitual, emprendimiento o adquisición de participaciones sociales, en determinados casos y con requisitos específicos.

La norma entra en vigor hoy 1 de julio de 2025, tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.


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