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¿Sabías que las comisiones que te cobra el banco por el TPV (Terminal de Punto de Venta) no llevan IVA? Muchos hosteleros lo desconocen, y algunos incluso llegan a contabilizarlas mal. Aquí te explicamos de forma clara por qué no deberías pagar ni un céntimo más de lo debido.
📌 ¿Qué tipo de comisiones existen?
Los bancos aplican dos tipos de comisiones:
- Comisiones financieras: relacionadas con operaciones bancarias, como estudios de crédito, reclamaciones, inversiones, etc.
- Comisiones por servicios: se cobran por la prestación de servicios como cambio de moneda, ingreso de cheques, mantenimiento de cuenta o renovación de tarjetas.
✅ ¿Cuáles llevan IVA?
- Las comisiones por servicios sí llevan IVA, salvo algunas excepciones recogidas en el artículo 20.1.18 de la Ley del IVA.
- Las comisiones financieras no están sujetas a IVA.
Entonces, ¿qué pasa con las comisiones del TPV?
Las comisiones que el banco cobra por el uso del TPV son comisiones financieras. ¿Por qué? Porque se consideran intereses, ya que derivan de la operación de cobro de tus ventas con tarjeta.
👉 Resultado: están exentas de IVA.
🔍 Excepciones que sí llevan IVA:
Según la Ley del IVA, las siguientes operaciones sí están sujetas a IVA, aunque sean bancarias:
- Servicios de gestión de cobro de créditos, letras, recibos, etc. (pero no los ingresos por cheques o talones).
- Servicios al cedente en contratos de factoring (salvo anticipos de fondos).
- Operaciones con monedas de oro como inversión.
- Arrendamiento financiero (leasing).
💡 Consejo para hosteleros
Revisa tus facturas bancarias. Si ves que el banco te está cobrando IVA en las comisiones del TPV, reclama. No corresponde.
¿Tienes dudas?
Nuestro Departamento Fiscal puede ayudarte:
📩 fiscal@hosteleriamadrid.com