¿Tiene el trabajador que comunicar su baja médica? hosteleriamadrid.com
Nuevos Socios

Blog.

¿Tiene el trabajador la obligación de comunicar su baja médica?

La sala de lo social del TSJM ha confirmado la procedencia de un despido de una camarera que no comunicó a su...

Continuar leyendo

¿Tiene el trabajador la obligación de comunicar su baja médica? - La Viña
¿Tiene el trabajador la obligación de comunicar su baja médica? - La Viña

01 Sep

¿Tiene el trabajador la obligación de comunicar su baja médica?

Por Redacción

La sala de lo social del TSJM ha confirmado la procedencia de un despido de una camarera que no comunicó a su empresa su baja médica. La sentencia STSJ Madrid (Social) de 23 abril de 2025. EDJ 2025/580539 confirma la procedencia del despido disciplinario por entender «imprescindible» la comunicación directa entre empleado y empresa de la situación de baja médica, a pesar de que la obligación de envío del parte sea de los médicos del Servicio Público de Salud.

En este caso es importante el contexto, ya que la trabajadora había sido sancionada previamente por los mismo hechos: «en este caso, la imputación que se hace a la trabajadora es muy clara, la falta de comunicación de su baja por incapacidad temporal, durante tres días, pese a haber sido informada previamente de que debía poner la ausencia en conocimiento de la empresa y haber sido sancionada con anterioridad por hechos iguales, así como por otros de distinta naturaleza».

Lo que sanciona en este caso la sentencia es la falta tipificada en el ALEH en el artículo 40.11 de «11. «La reincidencia en falta grave o muy grave, aunque sea de distinta naturaleza, siempre que se cometa dentro de un periodo de seis meses desde la primera y hubiese sido advertida o sancionada». La trabajadora «ya había sido sancionada previamente en dos ocasiones, dentro de dicho periodo por faltas graves» y se acredita que «fue advertida de que tenía que comunicar las bajas y no lo hizo», por lo que justamente esa reincidencia es causa para justificar la procedencia del despido.

El hecho de que ya no exista la obligación del trabajador de entregar el parte de baja, no significa que el trabajador no tenga la obligación de avisar a la empresa de su situación de baja.

A pesar de que el RD 1060/2022 elimina la obligación de entregar la copia de la baja médica a la empresa, otra cosa distinta es «avisar» que está de baja. Por tanto, cabe exigir al trabajador que comunique esa situación de baja a la empresa con la que mantiene la relación laboral.


Deja un comentario

Acepto lo establecido en Aviso Legal, la Política de Privacidad y Política de cookies

Acepto recibir publicidad o información promocional de la Asociación Empresarial de Hostelería de la Comunidad de Madrid, LA VIÑA.