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El nuevo Reglamento europeo sobre envases obligará a bares y restaurantes a adaptarse a un sistema de depósito y devolución antes del año 2029. Te contamos todo lo que necesitas saber para ponerlo en marcha de forma óptima:
¿Qué es el SDDR?
El Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) se convertirá en una obligación para todos los países de la Unión Europea a partir del 1 de enero de 2029, según el nuevo Reglamento (UE) 2025/40, ya en vigor desde el pasado 12 de febrero.
Este sistema implica que el consumidor paga un depósito al comprar un envase (botellas de plástico o latas de hasta 3 litros) y lo recupera al devolver el envase en puntos autorizados. El objetivo: alcanzar una recogida separada del 90 % de estos residuos.
¿Cómo afecta esto al sector HORECA?
✅ Casos en los que no se cobrará depósito
Los establecimientos de hostelería y restauración no deberán aplicar el depósito si el producto se consume y el envase se devuelve en el propio local. Es decir, si el cliente se bebe la bebida en la mesa, no hay que pagar el depósito.
❌ Envases excluidos del SDDR
Quedan fuera del sistema:
- Botellas de vino
- Bebidas espirituosas
- Leche
- Establecimientos en regiones ultraperiféricas (como Canarias)
¿Y qué pasa con el rellenado de envases?
El Reglamento fomenta el uso de envases reutilizables. Si el cliente trae su propio envase, el establecimiento debe informar sobre su uso correcto, pero no es responsable si está en mal estado. Además:
- No se deben regalar envases.
- Solo pueden ofrecerse envases que formen parte de un sistema de devolución o reutilización.
Cambios normativos en marcha
El Real Decreto 1055/2022 sobre envases en España tendrá que adaptarse al nuevo reglamento europeo. El Ministerio para la Transición Ecológica (MITERD) estudia si publicar un nuevo texto o modificar el actual. Hostelería de España ha solicitado que se eliminen obligaciones no contempladas por la normativa europea y se respeten las exenciones previstas.
¿Puedo cobrar el envase en mi restaurante?
Depende del contexto:
Comida “para llevar” o delivery
✅ Sí se puede cobrar, incluso si el envase es de cartón o papel.
📌 Condiciones: Información previa al cliente mediante carteles visibles y cobro reflejado en el ticket.
Comida no consumida (sobras del cliente)
❌ No se puede cobrar el envase si es de cartón, papel o reutilizable.
✅ Solo se puede cobrar si es de plástico de un solo uso.
Lo que viene
A partir del 1 de enero de 2030, se prohibirá la comercialización de ciertos envases de plástico de un solo uso.
El futuro del sector pasa por la reutilización, la información al consumidor y la gestión responsable de residuos.
Si necesitas ayuda con la gestión en tu local, contacta con el área de sostenibilidad de Hostelería Madrid: sostenibilidad@hosteleriamadrid.com
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