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Debes estar registrado como operador desde 2019
Si eres titular de una máquina expendedora de tabaco (Punto de Venta con Recargo – PVR) en tu bar, restaurante o local de hostelería, debes estar registrado como operador. No hacerlo te puede acarrear problemas legales y sanciones.
📅 Esta obligación está en vigor desde el 1 de octubre de 2019, tras la entrada en vigor de la Directiva Europea 2014/40/UE para controlar el comercio de tabaco y garantizar la trazabilidad del producto.
✅ ¿Qué tienes que hacer?
Si tienes una máquina de tabaco instalada, como titular del PVR estás obligado a:
- 🔐 Darte de alta como operador minorista en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
- 🏪 Registrar la instalación (tu local) como punto de venta con recargo.
- 🧾 Registrar cada máquina expendedora con su código identificador.
💡 Este proceso también puede gestionarlo tu expendedor (estanco o distribuidor), pero tú sigues siendo el responsable.
🖥️ ¿Cómo se hace el registro?
- Entra en la web oficial del sistema de trazabilidad de productos del tabaco:
👉 https://tpd.fnmt.es/TPD/ - Regístrate como nuevo usuario indicando tu correo electrónico y una contraseña.
- Completa el formulario que se abrirá tras la verificación.
- Solicita tus códigos de operador, instalación y máquina.
🟥 En la web verás una zona destacada en rojo donde debes registrarte como PVR (Punto de Venta con Recargo).
⚠️ Importante
No estar correctamente registrado puede ser considerado una infracción. Este trámite es obligatorio para seguir operando legalmente con máquinas de tabaco.
🧾 ¿Tienes dudas?
Nuestro equipo puede ayudarte con el proceso de registro y asesorarte sobre la normativa:
📩 fiscal@hosteleriamadrid.com
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A aparte del Permiso que tengo pagado; hay que pagar otro impuesto ??
No se trata de impuestos, se trata de formalizar el registro de tu local como Punto de Venta con Recargo y de la máquina o máquinas que tengas. Tienen que facilitarte un Código identificador (ID).
Te recomendamos que hables con tu estanco para que te tramite el ID como Punto de Venta con Recargo y el de la máquina expendedora porque a partir del 1 de octubre es obligatorio que estéis registrados en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre como operadores.
Lo que se busca con esta medida es registrar la trazabilidad de los productos del tabaco legales y luchar contra el comercio ilícito del tabaco.
El registro es obligatorio a partir del 1 de octubre.
Equipo de Hostelería Madrid
Hola Buenos días:
Esto es independiente de la Autorización del Comisionado de Tabacos que ya tengo ??
gracias