ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE HOSTELERÍA DE MADRID te informa que los datos que nos facilite a través de este formulario de recogida de datos se utilizarán con el fin de efectuar el registro como usuario de HOSTELERÍA DE MADRID, así como el envío de comunicaciones comerciales con respecto a novedades, noticias e información promocional de HOSTELERÍA MADRID. Legitimación: La ejecución de un contrato en el que el usuario es parte y el consentimiento del usuario en el caso de aceptar la casilla de consentimiento del envío de comunicaciones comerciales. Podrás ejercitar los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, enviando un correo electrónico a: legal@hosteleriamadrid.com o mediante correo postal a Paseo de Santa María de la Cabeza, 1, 1o centro derecha, Madrid (España), aportando cuanta información sea necesaria para su correcta identificación. Para más información, consulte nuestra Política de Privacidad. Así mismo, se le informa que puede presentar cualquier reclamación ante la AEPD: www.aepd.es

Si tienes un restaurante o bar en Madrid, es importante que conozcas el plan de formación en hostelería obligatorio vigente para 2025. Desde enero de 2024, todas las empresas del sector con empleados que trabajen al menos 90 días al año deben cumplir con esta obligación, según lo establecido en el Convenio Colectivo de Hostelería de Madrid.
Cómo cumplir con el plan de formación en hostelería en Madrid
Este plan tiene como objetivo mejorar las competencias del personal y modernizar el sector. Las empresas deben acreditar, antes del 31 de diciembre, que han realizado al menos una de estas acciones formativas:
- Participar en planes impulsados por organizaciones empresariales firmantes del convenio
- Organizar su propio plan de formación continua con acreditación oficial
- Integrarse en planes formativos de sindicatos firmantes
Además, el tiempo dedicado a estas formaciones cuenta como tiempo efectivo de trabajo, salvo en los cursos obligatorios de prevención de riesgos laborales y manipulación de alimentos.
Qué es el Plus Compensatorio de Formación
Si la empresa no cumple con el plan de formación en hostelería, debe pagar un Plus Compensatorio de Formación de 20 euros mensuales (240 euros anuales) al trabajador. Este plus no puede compensarse con otros conceptos salariales y no se aplica durante suspensiones de contrato ni en pagas extras. El trabajador tampoco podrá reclamarlo si rechaza la formación sin una causa justificada.
Formaciones válidas y acreditación
Los cursos deben estar vinculados a la actividad hostelera, como atención al cliente, sostenibilidad o técnicas culinarias. Para acreditar el cumplimiento, las empresas pueden presentar certificados de organizaciones empresariales o sindicales firmantes o bien justificar su propio plan formativo validado.
Cumplir con el plan de formación en hostelería no sólo evita sanciones, también refuerza la competitividad de tu negocio. ¿Necesitas ayuda para planificar y desarrollar tu formación en hostelería? Contacta con Hostelería Madrid y recibe asesoramiento especializado.
Noticias relacionadas:
Qué requisitos debe cumplir la formación requerida en el Convenio Colectivo
Obligaciones de formación del Convenio Colectivo de Hostelería