Ayudas del Ayuntamiento de Madrid para la ocupación de locales en mercados municipales
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Ayudas del Ayuntamiento de Madrid para la ocupación de locales en mercados municipales

Los mercados locales siempre han desempeñado un papel fundamental en la vida de las ciudades, ya que no sólo...

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Ayudas del Ayuntamiento de Madrid para la ocupación de locales en mercados municipales - La Viña
Ayudas del Ayuntamiento de Madrid para la ocupación de locales en mercados municipales - La Viña

08 Ago

El importe máximo por beneficiario será de 1.000 euros por mensualidad.

Por Redacción

Los mercados locales siempre han desempeñado un papel fundamental en la vida de las ciudades, ya que no sólo proporcionan productos frescos y variados a los ciudadanos, sino que también fomentan un sentido de comunidad y conexión entre productores y consumidores. No obstante, en los últimos años, con la aparición de cadenas de supermercados y tiendas online, estos mercados a menudo se enfrentan a desafíos para mantenerse abiertos.

En un intento por reconocer la importancia de estos mercados, el Ayuntamiento de Madrid ofrece una subvención para ocupar sus puestos (Decreto de 9 de marzo del BOCM del 22 de marzo de 2023). Esta medida facilitará su adquisición tanto por vendedores de materias primas de alimentación, como por hosteleros que quieran instalar su pequeño restaurante, bar o cafetería en alguno de estos locales.

Esta línea de ayudas pretende incentivar la ocupación de locales en los mercados municipales, mediante el abono de un porcentaje de la tarifa correspondiente como máximo a veinticuatro mensualidades desde que se suscriba el contrato con la entidad concesionaria. El periodo subvencionable es el comprendido entre el 1 de enero 2020 hasta el 31 de agosto de 2023, ambos incluidos. El crédito destinado a esta convocatoria asciende a 495.000 euros.

BENEFICIARIOS

Podrán tener la condición de beneficiarios las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles u otras entidades sin personalidad jurídica que cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:

  • a) Que la actividad empresarial sea desarrollada por una persona autónoma o una empresa en un mercado municipal.
  • b) Que la actividad empresarial se desarrolle en locales con una superficie inferior a 500 metros cuadrados, que se haya iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2020 y que se encuentre abierta y comercializando hasta la fecha del pago de la ayuda. En este supuesto, las personas y entidades solicitantes deberán tener la consideración de pequeñas o medianas empresas.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Se considerarán subvencionables las tarifas vigentes de ocupación de locales aprobadas por el Ayuntamiento de Madrid para cada mercado municipal. La tarifa comprende los gastos comunes de conservación, mejora y explotación del mercado y, en su caso, el precio de cesión del local.

CUANTIA DE LA AYUDA

La cuantía de la ayuda se calculará aplicando los porcentajes que figuran en el anexo del Decreto. El importe máximo por beneficiario será de 1.000 euros por mensualidad, hasta un máximo de veinticuatro meses, durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de agosto de 2023. La cuantía de la ayuda resultante se ampliará en un 10% si la solicitante es una mujer o si la empresa está formada por al menos un 51% por mujeres.

PLAZO Y PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD

El plazo de solicitud será hasta el 31 de agosto de 2023. La solicitud de la ayuda se tramitará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, en este enlace

LOCALES DISPONIBLES

Puedes consultar los locales disponibles en los mercados municipales aquí.


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