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‘Declaración Responsable’ vs Licencia en Madrid: todo lo que debes saber antes de abrir tu negocio

A la hora de poner en marcha un negocio de hostelería, realizar una reforma o modificar el aforo de un local ...

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‘Declaración Responsable’ vs Licencia en Madrid: todo lo que debes saber antes de abrir tu negocio - La Viña
‘Declaración Responsable’ vs Licencia en Madrid: todo lo que debes saber antes de abrir tu negocio - La Viña

02 Sep

‘Declaración Responsable’ vs Licencia en Madrid: todo lo que debes saber antes de abrir tu negocio

Por Hosteleria Madrid

A la hora de poner en marcha un negocio de hostelería, realizar una reforma o modificar el aforo de un local en Madrid, el tiempo es dinero. Desde que se implantaron los mecanismos de simplificación administrativa, el procedimiento estrella es la Declaración Responsable (DR). Sin embargo, requiere conocer muy bien las reglas del juego.

A continuación, analizamos las ventajas, los riesgos y los plazos de este sistema y cómo las ECU (Entidades Colaboradoras Urbanísticas) pueden ayudarte en el proceso.

¿Qué es la Declaración Responsable y cuándo se aplica?

Es un documento en el que el promotor manifiesta, bajo su propia responsabilidad, que cumple con todos los requisitos urbanísticos y técnicos exigidos por la normativa vigente para abrir su negocio o hacer una obra, que dispone de la documentación que lo acredita y que se compromete a mantener dicho cumplimiento.

Por regla general, la mayoría de los emprendedores optan por este procedimiento rápido. La gran excepción son los edificios protegidos históricamente o con un alto nivel de catalogación ambiental/arquitectónica, los cuales suelen requerir obligatoriamente el procedimiento de Licencia Ordinaria.

Ventajas y riesgos de la Declaración Responsable:

Ventajas:

-Inicio inmediato: Permite comenzar las obras o ejercer la actividad de forma casi automática una vez presentada la documentación técnica y abonadas las tasas correspondientes.

-Gestión flexible: Puedes elegir entre tramitarla directamente con el Ayuntamiento de Madrid o a través de una entidad privada autorizada (ECU).

Riesgos:

-Responsabilidad: El hecho de que puedas abrir rápido no significa que el Ayuntamiento no vaya a revisar tu local. Si en una inspección posterior se detecta que lo declarado no se ajusta a la realidad o incumple la normativa, te expones al cierre del negocio, incluso fuertes sanciones.

Plazos y verificaciones:

La presentación de la Declaración Responsable da inicio al proceso de control posterior, cuyos plazos varían según la vía elegida:

A través de una ECU:

1.Revisión documental: La ECU dispone de un plazo de 10 días para comprobar que toda la documentación técnica aportada es correcta. Si todo está en orden, emite un Certificado de Conformidad.

2.Inspección: Una vez presentados los documentos en el registro municipal, los técnicos realizarán una visita de comprobación. El plazo máximo para esta inspección es de 6 meses desde la terminación de las obras o inicio de actividad (este plazo se reduce a 3 meses si el local supera los 150 m²).

Directamente con el Ayuntamiento:

Si decides realizar el trámite ante la Agencia de Actividades del Ayuntamiento, te saltas el paso del certificado de conformidad privado, pero la visita de inspección se programará igualmente en los mismos plazos: un máximo de 6 meses de forma general, o 3 meses para locales de más de 150 m².

**Nota importante: Si la inspección resulta desfavorable por deficiencias esenciales, el Ayuntamiento declarará la ineficacia de la Declaración Responsable, lo que implica la orden de cese inmediato de la actividad y tener que reiniciar todo el proceso desde cero.

El procedimiento de LICENCIA ORDINARIA (casos especiales)

Si tu local se encuentra en un edificio protegido, los plazos cambian drásticamente. En este escenario no puedes abrir ni empezar las obras hasta que la licencia esté concedida de forma definitiva.

Si tramitas con ECU: La entidad tiene un plazo de un mes para emitir el certificado de conformidad. Tras esto, el Ayuntamiento dispone de otro mes adicional para resolver y otorgar la licencia final.

Si tramitas directamente con el Ayuntamiento: El consistorio dispone, por norma general, de un plazo de dos meses desde que la documentación entra completa en el registro para resolver el expediente.

RECOMENDACIONES de HOSTELERÍA MADRID para blindar tu inversión: 

Para beneficiarte de la rapidez de la Declaración Responsable sin correr riesgos innecesarios, te sugerimos seguir estos tres pasos estratégicos:

  1. Solicita un informe previo: Antes de firmar un contrato de alquiler o comprar maquinaria, solicita un informe de idoneidad o consulta previa a una ECU. Te confirmarán si el local es apto para la actividad que deseas y qué reformas reales necesitas.
  2. Haz coincidir planos y realidad: Asegúrate de que el proyecto técnico firmado por tu arquitecto o ingeniero sea un fiel reflejo de la obra final. Cualquier discrepancia en salidas de humos, aforos o medidas de accesibilidad puede tumbar tu declaración en la inspección.
  3. Planifica las fechas con margen: Sincroniza los plazos de entrega del contratista de la obra con las fechas que indiques en la declaración para evitar que una inspección te pille con la reforma a medio terminar.

¿Tienes dudas sobre la viabilidad de tu próximo local hostelero? Cuenta con el equipo técnico de Hostelería Madrid para asesorarte en la tramitación de tus licencias y declaraciones responsables.