ASOCIACIÓN EMPRESARIAL DE HOSTELERÍA DE MADRID te informa que los datos que nos facilite a través de este formulario de recogida de datos se utilizarán con el fin de efectuar el registro como usuario de HOSTELERÍA DE MADRID, así como el envío de comunicaciones comerciales con respecto a novedades, noticias e información promocional de HOSTELERÍA MADRID. Legitimación: La ejecución de un contrato en el que el usuario es parte y el consentimiento del usuario en el caso de aceptar la casilla de consentimiento del envío de comunicaciones comerciales. Podrás ejercitar los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del Reglamento (UE) 2016/679, enviando un correo electrónico a: legal@hosteleriamadrid.com o mediante correo postal a Paseo de Santa María de la Cabeza, 1, 1o centro derecha, Madrid (España), aportando cuanta información sea necesaria para su correcta identificación. Para más información, consulte nuestra Política de Privacidad. Así mismo, se le informa que puede presentar cualquier reclamación ante la AEPD: www.aepd.es

El Ejecutivo ha restringido temporalmente los despidos de personal mientras dure el Estado de Alarma por el coronavirus, COVID-19. La medida fue anunciada por la Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este viernes, 27 de marzo.
De esta manera quedan vetados los despidos objetivos por causa de: fuerza mayor, por motivos económicos, técnicos, organizativos y de producción que aleguen el coronavirus. La medida se aplicará por toda la duración de la crisis.
En cuanto a los contratos temporales, estos deberán permanecer vigentes hasta el término de la crisis sanitaria. Cuando los contratos temporales se suspendan, se alargará su duración
Agilización de procesos de solicitud de ERTE
El Ejecutivo también aprobó la agilización de los trámites para acceder a los ERTE. Según reseño la ministra bastará con que las empresas rellenen un formulario sencillo.
Además, se establece que el SEPE asuma la presunción legal de desempleo de los trabajadores, un procedimiento que permitirá agilizar el cobro de las prestaciones por desempleo.
La fecha de inicio de la prestación de desempleo coincidirá con el momento de suspensión del contrato o con la fecha comunicada por la empresa y el pago de las prestaciones de desempleo se hará efectivo el 10 de abril.
Asimismo, la inspección de Trabajo y Seguridad Social comprobará las causas de solicitud de ERTE en busca de eventuales casos de fraude. El empresario podrá ser sancionado si se detecta la falta de necesidad de un ERTE.