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Todos los trabajadores que presten servicios en establecimientos que elaboren comidas, que tengan servicio de restaurante, así como en cafeterías y catering, tienen derecho a percibir, con cargo a la empresa, este complemento salarial en especie.
Es un complemento que debe reflejarse en la nómina y si el trabajador come en el establecimiento, se le paga y se le descuenta y sino come en el establecimiento, se le abona pero sin descuento.
La manutención tiene que ser sana, variada y bien condimentada y si hay necesidad de un régimen alimenticio especial, se debe confeccionar el menú prescrito por el médico.