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La Orden TED/1122/2026 entra en vigor este 28 de octubre y establece un calendario de hasta diez años para sustituir los contadores tradicionales por equipos inteligentes o incorporar sistemas de lectura a distancia. El cambio será gratuito para los establecimientos, salvo determinadas excepciones.
Los bares, restaurantes, cafeterías y otros negocios hosteleros que utilizan gas natural deberán adaptarse progresivamente a un nuevo sistema de medición del consumo. La Orden TED/1122/2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), entra en vigor hoy, 28 de octubre, y establece las condiciones para sustituir los contadores convencionales por equipos inteligentes o incorporar sistemas que permitan leer el consumo a distancia.
Sin embargo, la entrada en vigor de la norma no significa que todos los establecimientos tengan que cambiar su contador hoy. Las empresas distribuidoras dispondrán de un plazo máximo de diez años para completar el despliegue, con objetivos intermedios que permitirán realizar la sustitución de forma escalonada hasta 2036.
¿Qué negocios hosteleros tendrán que adaptar sus contadores de gas?
La medida afecta a los puntos de suministro de gas natural cuyo consumo anual no supere los 5 millones de kWh (5 GWh). El sistema que deberá incorporarse dependerá del consumo de cada establecimiento.
- Hasta 50.000 kWh al año: se deberá sustituir el contador convencional por uno inteligente, conectado al sistema de gestión de la distribuidora.
- Más de 50.000 kWh y hasta 5 GWh anuales: se deberá incorporar un sistema de telelectura o un contador inteligente, según corresponda.
Esto significa que bares, cafeterías y restaurantes con consumos más reducidos estarán incluidos en el primer grupo, mientras que los grandes grupos o establecimientos con un consumo superior deberán contar con un sistema que permita transmitir las lecturas a distancia.
Un calendario de sustitución hasta 2036
La normativa establece distintos plazos para que las distribuidoras renueven los equipos. Los porcentajes se aplican al conjunto de los contadores y puntos de suministro de cada grupo, no a cada negocio individual.
Para los suministros de hasta 50.000 kWh anuales, el calendario fija estos objetivos:
- En 2029: al menos el 20 % de los contadores deberá estar sustituido e integrado en el sistema de telegestión.
- En 2031: el porcentaje deberá alcanzar el 50 %.
- En 2033: deberá llegar al 80 %.
- En 2036: deberá completarse el despliegue, con las excepciones justificadas que contempla la norma.
En los establecimientos con consumos superiores a 50.000 kWh y de hasta 5 GWh anuales, los objetivos serán del 50 % a los cinco años, del 80 % a los siete y la finalización del despliegue en un máximo de diez años.
¿Qué ventajas tendrán los nuevos contadores de gas para los negocios?
Los equipos inteligentes permitirán conocer el consumo de gas con mayor detalle y facilitarán el seguimiento del gasto energético de los establecimientos hosteleros.
Entre sus principales ventajas se encuentran:
- Consultar el consumo diario, sin depender únicamente de las lecturas periódicas.
- Reducir las lecturas estimadas en las facturas gracias a la transmisión remota de los datos.
- Controlar mejor el gasto energético, comparando el consumo entre diferentes días y periodos de actividad.
- Detectar posibles anomalías mediante las funciones de comunicación y aviso de los nuevos equipos.
¿Quién pagará el cambio del contador?
La sustitución será gratuita para el titular del suministro, tanto si tiene el contador en alquiler como si es de su propiedad. La excepción se produce cuando sea necesario realizar modificaciones sustanciales en la instalación interior por incumplimientos de la normativa técnica o de seguridad. Además, la distribuidora deberá avisar con al menos tres meses de antelación de la sustitución.
¿Qué deben hacer ahora los bares y restaurantes?
Por el momento, los establecimientos no tienen que solicitar el cambio de forma inmediata por la entrada en vigor de la orden. La sustitución se realizará conforme al calendario establecido y a las comunicaciones de la empresa distribuidora.
Aun así, es recomendable revisar las facturas para conocer el consumo anual de gas y mantener actualizados los datos de contacto del suministro. De esta manera, el negocio podrá identificar qué sistema le corresponde y organizar la intervención cuando reciba el aviso.
Consulta la normativa completa: Orden TED/1122/2026, de 23 de octubre, en el BOE.
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