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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha cambiado su postura respecto a la aceptación del tratamiento de datos biométricos por parte de las empresas para realizar los controles laborales o controles de acceso (Ej. fichaje con huella, reconocimiento facial, etc).
En este sentido, AEPD ha publicado una Guía sobre el control de presencia usando datos biométricos https://www.aepd.es/documento/guia-control-presencia-biometrico-nov-2023.pdf que establece lo siguiente:
- En la actualidad no existe una norma con rango de Ley en el ordenamiento jurídico español que establezca la posibilidad de usar este sistema por parte de las empresas.
- Para utilizar estos sistemas, habría que “justificar la necesidad” de uso por parte de la empresa, así como la incompatibilidad de otros sistemas tradicionales (ej. tarjetas, claves, etc).
- El consentimiento prestado por parte del trabajador no se considera válido ni suficiente para legitimar el tratamiento de datos biométricos (se considera demasiado sensible ese dato).
Por tanto, esto va a limitar el uso por parte de las empresas de este tipo de sistemas en favor de otros que no utilicen datos biométricos del personal. En el caso de que una empresa esté utilizando algún sistema de fichaje con huella o similar, se recomienda que cambien el sistema de control de acceso hacia otro sistema alternativo que no utilice este tipo de datos.
Si tienes cualquier consulta sobre protección de datos, no dudes en contactar con Hostelería Madrid: legal@hosteleriamdrid.com