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La entrada de la Inspección de Trabajo en un domicilio empresarial protegido, sin consentimiento y sin autorización judicial previa, puede considerarse una actuación ilícita y dar lugar a la nulidad de las actuaciones y de las pruebas obtenidas.
Así lo establece el Tribunal Supremo, en su Sentencia n.º 441/2026, de 14 de abril, que ha fijado una doctrina sobre la entrada de la Inspección de Trabajo en espacios empresariales que tengan la consideración de domicilio constitucionalmente protegido.
El caso analizado se refiere a una inspección realizada en una nave industrial de Valencia que era, al mismo tiempo, centro de trabajo y domicilio social de la empresa. La Inspección de Trabajo accedió al inmueble, con apoyo policial, sin consentimiento del titular y sin autorización judicial previa. Aunque no se realizó registro ni se incautó documentación, el Tribunal Supremo considera que la actuación vulneró el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio.
La sentencia aclara que la protección del artículo 18.2 de la Constitución alcanza tanto a la entrada como al registro. Por tanto, no es necesario que exista una búsqueda de documentos o incautación de archivos para que sea obligatoria la autorización judicial. La garantía constitucional se activa desde el momento en que se pretende acceder sin consentimiento a un espacio protegido.
El Supremo recuerda, además, que las personas jurídicas también son titulares del derecho a la inviolabilidad del domicilio, especialmente de los espacios donde se desarrolla la actividad empresarial o se conserva información reservada frente a terceros.
Consecuencias prácticas para las empresas
A raíz de esta sentencia, si la Inspección de Trabajo pretende acceder a un domicilio social o a un espacio empresarial protegido sin consentimiento del titular, deberá contar con autorización judicial previa, aunque no vaya a realizar un registro documental.
La sentencia también rechaza que la Administración pueda entrar primero y solicitar autorización judicial solo si posteriormente decide revisar documentación. La autorización debe ser previa a la entrada.
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