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El Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid ha puesto en marcha una línea de ayudas para que los establecimientos comerciales y hosteleros del municipio puedan mejorar sus sistemas de seguridad. El programa cuenta con un presupuesto de 240.000 euros y subvenciona hasta el 90 % de la inversión realizada, sin incluir el IVA.
Las ayudas están dirigidas a personas físicas y jurídicas titulares o arrendatarias de establecimientos situados en Rivas-Vaciamadrid, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria y su actividad esté incluida entre los CNAE-2025 contemplados en las bases.
¿Qué inversiones se pueden subvencionar?
La ayuda permite financiar diferentes equipamientos e instalaciones destinados a mejorar la seguridad de los establecimientos. Entre ellos se encuentran:
- Cámaras y sistemas de videovigilancia, incluidos grabadores y monitores.
- Alarmas, detectores y sensores contra robos o intrusiones.
- Sistemas de control de acceso para empleados.
- Cajas fuertes homologadas.
- Persianas y cierres de seguridad.
- Puertas blindadas o reforzadas.
- Cristales de seguridad y antivandalismo.
- Bolardos o sistemas de protección frente a vehículos, cuando cumplan la normativa municipal.
- Otros elementos que puedan considerarse sistemas de seguridad, previa valoración.
También pueden beneficiarse de la convocatoria las inversiones realizadas desde el 1 de enero de 2026. En estos casos, será necesario aportar las correspondientes facturas y justificantes de pago.
Puedes solicitar la ayuda antes de la reforma
Los establecimientos que todavía no hayan realizado la compra o instalación pueden solicitar igualmente la ayuda. Para ello deberán presentar un presupuesto proforma con los datos y características de la inversión prevista.
Una vez concedida la subvención, la inversión deberá ejecutarse dentro del plazo establecido, que finaliza el 31 de mayo de 2027.
Plazo hasta el 31 de octubre de 2026
Las solicitudes para acceder a las ayudas de seguridad de Rivas pueden presentarse hasta el 31 de octubre de 2026 y deben tramitarse exclusivamente por medios electrónicos.
Es importante tener en cuenta que las ayudas se conceden mediante concesión directa y por orden de entrada, por lo que tendrán prioridad las solicitudes que se presenten antes y con el expediente completo. En caso de que sea necesario subsanar documentación, la fecha que se tendrá en cuenta será la de la completa presentación del expediente.
El Ayuntamiento establece un plazo máximo de tres meses para resolver las solicitudes. La ayuda se abona en un único pago y no es necesario aportar garantías.
Gastos que no están incluidos
Entre los gastos que quedan fuera de la convocatoria se encuentran el IVA, los gastos de mantenimiento, los bienes de segunda mano y los equipos adquiridos mediante leasing.
Además, las empresas deberán estar al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Rivas, así como cumplir el resto de requisitos establecidos en las bases reguladoras.
La convocatoria está sometida al régimen europeo de ayudas de minimis, por lo que también deberán tenerse en cuenta otras ayudas de este tipo recibidas previamente por la empresa.
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